April 19, 2024

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Grav?menes por fallo judicial

| 6/1/2007
Glosario

Un gravamen por fallo judicial es un gravamen que se impone sobre la propiedad personal no exenta de un deudor por fallo judicial.

Es posible obtener un gravamen por fallo judicial sobre los intereses en la propiedad personal que un deudor por fallo judicial tenga en este estado, para garantizar el pago de una cantidad adeudada a raíz de cualquier decisión judicial. A partir del 1 de octubre de 2001, los gravámenes por fallo judicial se obtienen después de que el tribunal haya pronunciado una decisión final; los gravámenes se obtienen presentando un “JUDGMENT LIEN CERTIFICATE” en la División de Corporaciones del Departamento de Estado y pagando los cargos correspondientes. Una vez se presente, el certificado tiene una vigencia de cinco años. La presentación del certificado en la División de Corporaciones crea un gravamen y establece su prioridad.

Todos los gravámenes que ya se habían inscrito en los listados de casos de las oficinas de los alguaciles de los 67 condados de Florida actualmente no tienen vigencia alguna si no se presentaron nuevamente en la División de Corporaciones antes del 1 de octubre de 2003.


En los casos en los que el tribunal decida que existe una deuda, es posible obtener un gravamen por fallo judicial sobre la propiedad personal no exenta que un deudor por fallo judicial tenga en Florida, para garantizar el pago de la cantidad adeudada. El gravamen por fallo judicial tiene una vigencia de cinco años.

Se utilizan los siguientes formularios para crear un gravamen y establecer la prioridad del acreedor por fallo judicial en el banco de datos de gravámenes judiciales:

  • Un formulario “JUDGMENT LIEN CERTIFICATE” se utiliza para identificar al deudor y al acreedor por fallo judicial e indicar sus direcciones. También se indican en el formulario, el nombre del tribunal, el número de caso, la fecha de inscripción, la cantidad adeudada de acuerdo con la decisión del tribunal y la tasa de interés correspondiente.
  • Otro formulario de gravamen por fallo judicial se utiliza para volver a presentar el gravamen por fallo judicial después de que haya expirado el primer gravamen de cinco años. El acreedor pierde su prioridad después de cinco años, pero sigue figurando como acreedor al presentar dicho formulario. Este formulario se puede presentar en cualquier momento de seis meses antes hasta seis meses después de la fecha de expiración del certificado original. No se puede presentar más ningún otro certificado de gravamen por fallo judicial.
  • El acreedor utiliza un formulario “JUDGMENT LIEN AMENDMENT STATEMENT” para enmendar la información proporcionada en el formulario “JUDGMENT LIEN CERTIFICATE” original. El acreedor tiene que hacer referencia al número de caso del gravamen por fallo judicial que se vaya a enmendar.
  • El deudor por fallo judicial utiliza un formulario “JUDGMENT LIEN CORRECTION STATEMENT” para hacer constar cualquier declaración de corrección según se relacione con el certificado de gravamen por fallo judicial. Cuando se presenta una declaración de corrección, no se hacen cambios en los registros del banco de datos del Departamento de Estado.
Más información / cargos

Llame al (850) 656-7463; envíe los formularios a: Florida Department of State, Division of Corporations, P.O. Box 6250, Tallahassee, FL 32314. La División de Corporaciones no lleva a cabo búsquedas, pero se pueden llevar a cabo búsquedas mediante la Internet en la página Web de la División, www.sunbiz.org. También se pueden bajar, de esta página Web, formularios e imágenes de los documentos que se han archivado.

Es posible que la oficina del alguacil exija que se presenten listados impresos de las búsquedas y copias certificadas de los documentos si el alguacil lleva a cabo una venta pública de la propiedad personal. El alguacil tiene que establecer la prioridad y comunicarse con el tenedor del gravamen antes de vender la propiedad gravada.

Tags: Florida Small Business, Business Services

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